Preguntas frecuentes



1. ¿Qué es el Ichitaip?

Es un organismo público autónomo, creado por disposición expresa de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, depositario de la autoridad en la materia, con personalidad jurídica, patrimonio y competencia propios (Art. 43 de la Ley de Transparencia).

El ámbito de competencia del Instituto es el Estado de Chihuahua.

El Instituto debe garantizar que los Sujetos Obligados cumplan la Ley de Transparencia.

El Instituto debe garantizar el derecho de cualquier persona - no necesita ser chihuahuense, ni mexicano(a), ni ser ciudadano(a)- a solicitar y recibir información pública de Chihuahua, así como la protección de sus datos personales.

El Instituto sancionará a los servidores públicos que incumplan la Ley (Art. 4 Constitucional y Art. 57 de la Ley de Transparencia).

El Instituto solucionará los conflictos que se puedan dar entre las personas y los Sujetos Obligados en materia de información pública y de protección de datos personales (Art. 50, fracción I, inciso f).

 

2. ¿Qué es la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua?

Es el instrumento jurídico que tiene por objeto garantizar el derecho de acceso de toda persona a la información pública y a la protección de datos personales que generen o se encuentren en posesión de los sujetos obligados señalados en esta Ley.


3. ¿Qué es un dato personal?

Un dato personal es aquella información concerniente a una persona identificada o identificable, y sólo debe usarse para los propósitos que fue entregada. Por ejemplo nombre, fecha de nacimiento, dirección personal, correo electrónico, la huella digital, la matrícula del coche, una fotografía, clave seguro social, son datos que identifican a una persona.

 

Toda persona tiene derecho a la protección, supresión o corrección de sus datos personales, que obran en los archivos del gobierno..

 

4. ¿Cómo puedo presentar mis solicitudes de información?

Tu solicitud debes realizarla en términos respetuosos y presentarla por cualquiera de las 3 vías autorizadas, directamente ante el sujeto obligado o a través de tu representante legal:
I. Tu nombre completo
II. El domicilio o dirección electrónica que autorizas, para recibir la información que requieres y las notificaciones correspondientes.
III. Si lo que requieres es información pública debes describir la información que requieres, anexando, en su caso, cualquier dato que facilite su localización.
IV. Si lo que requieres está relacionado con tus datos personales, debes describir de manera clara y precisa los datos sobre los que buscas ejercer alguno de tus derechos, esto es, señalar si requieres acceder a ellos, rectificarlos, cancelarlos u oponerte a su tratamiento, y adicionalmente señalar, en su caso, cualquier otro elemento que facilite la localización de la información.
V. Si lo que quieres es rectificar tus datos personales, además de lo anterior, debes indicar las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente tu petición.
VI. Si lo que quieres es cancelar tus datos personales, debes indicar también si revocas el consentimiento otorgado al sujeto obligado.
VII. Si lo que quieres es oponerte al tratamiento de tus datos personales, debes manifestar adicionalmente a lo señalado, los motivos fundados para tal determinación.
VIII. Por último, señala, de preferencia la modalidad en la que prefieres que te demos la información (ej: por escrito, medio electrónico o magnético).

 

5. ¿En cuánto tiempo debo recibir la respuesta?

Dentro del término de los 10 días hábiles siguientes al día en que se tiene por recibida tu solicitud o en su caso, la aclaración de tu solicitud.
En caso de que medie alguna justificación, te podremos notificar que ese plazo se prorroga por otros 10 días hábiles más.

 

6. ¿El acceso a la información tiene algún costo?

Dentro del término de los 10 días hábiles siguientes al día en que se tiene por recibida tu solicitud o en su caso, la aclaración de tu solicitud.
En caso de que medie alguna justificación, te podremos notificar que ese plazo se prorroga por otros 10 días hábiles más.

 

7. ¿En que horario puedo solicitar información al Ichitaip?

En la Unidad de Información del Instituto, de 8:30 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a viernes los días hábiles. En el sitio de Infomex Chihuahua, las 24 horas del día, los 365 días del año.


8. ¿Qué sucede si la información que requiero está reservada o es confidencial?

Si la información que requieres está clasificada como reservada o confidencial, te notificaremos si:
1. Confirmamos o modificamos la clasificación y te negamos el acceso a la información.
2. Modificamos la clasificación de la información y te entregamos una versión pública de la misma.
3. Revocamos la clasificación de información reservada o confidencial, y te concedemos el acceso a la misma..


9. ¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con la respuesta o no me respondieron?

Puedes presentar un recurso de revisión cuando:
1. No se entrega la respuesta a tu solicitud dentro de los plazos previstos en la Ley de Transparencia.
2. No estés conforme con la respuesta que se te entregó, cualquiera que ésta sea.
3. Consideres que no existe razón fundada para aplazar la entrega de la información que requeriste.

 

10. ¿Dónde puedo consultar la Información Pública de Oficio?

En la dirección de internet http://www.transparenciachihuahua.org.mx, sitio que contiene la información pública de oficio del Ichitaip, y los vínculos para consultar en los demás sujetos obligados del Estado de Chihuahua.

 

11. ¿Quiénes están obligados a dar Información pública?

Los sujetos obligados del Estado de Chihuahua, en base a esta Ley son: El Poder Ejecutivo, Judicial y Legislativo del Estado, los Ayuntamientos o Consejos Municipales y la Administración Pública Municipal, Organismos Descentralizados y Desconcentrados de la Administración Pública Municipa y Estatall, Empresas de Participación Estatal y Municipal y Fideicomisos Públicos; Organismos Públicos Autónomos del Estado y la Comisión Estatal de Derechos Humanos; Partidos Políticos; las personas físicas y morales de derecho privado constituidas conforme a la Ley correspondiente, que reciban recursos públicos o que ejerzan una función pública. Quedan incluidos dentro de esta clasificación todos los órganos y dependencias de cada Sujeto Obligado.