Debe responder Plan Estratégico de Ciudad Juárez a 17 solicitudes de información de un particular


Por unanimidad, el Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP), resolvió 17 recursos de revisión interpuestos por un particular en contra del Sujeto Obligado Plan Estratégico de Ciudad Juárez A.C., con lo se ordena dar respuesta a cada una de las solicitudes de información planteadas por el particular.

 

El particular presentó diversas solicitudes de información al Sujeto Obligado en las que pedía conocer el Presupuesto Anual desde su creación hasta la actualidad y sus donares con el desgloce de las cantidades aportadas por cada uno de ellos; el currículum vitae de todo el personal que labora en el Plan Estratégico de Juárez; si el inmueble que ocupan es propio o arrendado y de ser así, el monto mensual que se paga; además, se solicitó el gasto total realizado de los años 2013 al 2018, desglosado por mes; y la información relacionada a los viajes de Sergio Ramón Meza De Anda, afuera de Ciudad Juárez a fin de dar a conocer las actividades que realiza la asociación e incluyendo los resultados alcanzados.

 

Aunado a lo anterior, las solicitudes piden también la información referente a los gastos realizados en las posadas navideñas de los años 2014, 2016, 2017 y 2019; los contratos que se hayan realizado en materia de publicidad; también se le solicitó los documentos que contengan el total de propuestas realizadas por el Plan Estratégico de Juárez para la conformación del Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, indicando cuáles y cuántas propuestas propuso por eje, entre otras más.

 

La Unidad de Transparencia del Plan Estratégico de Juárez A.C. otorgó la misma respuesta en cada una de las 17 solicitudes de información:

 

Lamentamos no podemos contestar la solicitud de información que nos hace porque estamos en espera a que el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública publique los lineamientos aplicables.

Agradecemos su interés en conocer más de nuestra organización y servicios.

Le invitamos a visitar nuestro sitio en internet, www.planjuarez.org, donde podrá conocer más de nuestro trabajo y servicio por la comunidad Juarense”.

 

Los recursos de revisión estuvieron a cargo de las comisionadas Alma Rosa Armendáriz Sigala, María Nancy Martínez Cuevas, Amelia Lucía Martínez Portillo y del Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel.

 

Entre los proyectos presentados por los comisionados en las resoluciones aprobadas de manera unánime, se destaca la precisión de que como información pública se entiende todo archivo, registro o dato contenido en cualquier medio que los sujetos obligados generen, obtengan, adquieran, transformen o conserven por cualquier título, de conformidad con el artículo 5, fracción XIX, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

 

Así mismo se señala que los Sujetos Obligados, ya sean personas físicas o morales, deben permitir el acceso a la información pública  y garantizar con ello el derecho de acceso a la información, el cual se encuentra establecido en el artículo 1 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

 

Los comisionados consideraron que el Sujeto Obligado Plan Estratégico de Juárez, debe hacer una búsqueda exhaustiva en sus archivos, para verificar la existencia de la información solicitada y entregar la misma, en el supuesto de ésta se hubiese generado con motivo del ejercicio de recursos públicos o la realización de actos de autoridad, como está previsto en el artículo 32, fracción VIII de la Ley en la materia

 

Los comisionados presentes en la Sesión Extraordinaria celebrada este miércoles, Alma Rosa Armendáriz Sigala, María Nancy Martínez Cuevas, Amelia Lucía Martínez Portillo y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, aprobaron un acuerdo de ampliación de término, veintiún acuerdos de cumplimiento resueltos favorablemente por los sujetos obligados y veintidós acuerdos no cumplidos por parte de los sujetos obligados.






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