Suspende ICHITAIP atención presencial a ciudadanos y sujetos obligados para combatir propagación de contagios de Covid-19


En atención a la contingencia de salud pública suscitada por el brote del Covid-19 y las recomendaciones emitidas por autoridades nacionales y estales para enfrentarla y con ello prevenir, controlar y disminuir el riesgo de transmisión, el Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública suspendió la atención al público presencial y las capacitaciones a los Sujetos Obligados, así como los términos y plazos de los procedimientos administrativos de solicitudes, recursos de revisión, denuncias de incumplimiento de obligaciones de transparencia, procedimientos de responsabilidad administrativa, y cualquier tipo de requerimiento o procedimiento realizado por el Instituto, previstos en las leyes en la materia, aplicable a los sujetos obligados en el estado de Chihuahua, con excepción de los plazos para la publicación y actualización de la información derivada de las obligaciones de transparencia.

La Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, celebraron este viernes Sesión Extraordinaria Urgente en la que aprobaron de manera unánime el Acuerdo ICHITAIP/PLENO 06/2020 en el que se especifica además que la reanudación del cómputo de los términos y plazos será ordenada por el Pleno del Instituto mediante la aprobación del Acuerdo correspondiente, tomando en consideración para tal efecto las medidas adoptadas por las autoridades federales y estatales competentes y según la etapa del color del semáforo que corresponda.

Así mismo se aprobó la reanudación paulatina de actividades presenciales en las oficinas del Instituto, conforme lo permita el semáforo aplicable para el Estado de Chihuahua, por lo que su personal deberá apegarse al protocolo dispuesto por la Dirección Administrativa y de las autoridades competentes, que garanticen las medidas sanitarias y buenas prácticas del Covid-19.

Para impedir la propagación del Covid-19, no será necesario que cualquier persona o aquellos que dirimen un recurso de revisión, procedimientos de responsabilidad, registros de Comités y Unidades de Transparencia, o quieran realizar cualquier procedimiento ante éste órgano garante, entreguen documentos impresos, pues bastará con que los envíen a través de correos electrónicos autorizados para ello.

Los integrantes del Pleno seguirán sesionando para tratar y desahogar los asuntos relacionados con sus funciones y atribuciones, mediante sesiones virtuales.

Aunado a lo anterior, los Comisionados exhortaron a los Sujetos Obligados en el estado de Chihuahua, a que reciben solicitudes de acceso a la información y de ejercicio de derechos ARCO que tengan relación con el Covid-19 para que, en la medida de sus posibilidades y sin poner en riesgo a sus servidores públicos y la población en general, continúen emitiendo respuestas en el menor plazo posible, con la finalidad de que la sociedad cuente con información veraz generada por las instituciones públicas.

El Acuerdo aprobado señala que las medidas aprobadas son acciones de carácter temporal y podrían ampliarse o suspenderse, en razón de las determinaciones que asuman las autoridades en materia de salud, previa autorización del Pleno.