Impone Pleno amonestación pública a Casas de Cuidado Diario Infantiles A.C., por incumplir resolución


Al celebrar este martes una Sesión Extraordinaria, los integrantes del Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) resolvieron el Recurso de Revisión ICHITAIP/RR-200/2020 presentado por un particular en contra del Sujeto Obligado Casas de Cuidado Diario Infantiles A.C., por el cual se tuvo por no cumplida la resolución emitida por este órgano garante el pasado 27 de agosto del presente año. 

 

Ante el incumplimiento a la resolución, la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha, impusieron al responsable de la Unidad de Transparencia una amonestación pública como medida de apremio para asegurar el cumplimiento de la resolución, de conformidad a lo dispuesto por la fracción I del artículo 160 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua. 

 

En el proyecto de resolución presentado al Pleno por el Comisionado Presidente Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, se señala que en la resolución emitida el pasado mes de agosto, se le ordenó al Sujeto Obligado Casas de Cuidado Diario proporcionar una relación de los correos electrónicos recibidos, sin que se haya presentado constancia alguna de haber dado cumplimiento a la instrucción. 

 

Ante esta omisión, el Pleno aprobó emitir un acuerdo de incumplimiento y con base en los artículos 154 fracción II y 162 de la ley en la materia, se ordenó notificar al superior jerárquico de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado para que se implementen todas las medidas administrativas necesarias para asegurarse de que su subalterno de cumplimiento a la resolución e informe a éste órgano garante. 

 

La amonestación pública será publicada en la página web de este organismo garante y deberá difundirse hasta que se dé cumplimiento a lo ordenado, advirtiendo que de persistir en incumplimiento se podría imponer una sanción económica de 150 hasta mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización.