Miércoles 23 de junio de 2021
El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) impuso amonestación pública al responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado Consejo de Urbanización Municipal de Chihuahua, a fin de asegurar el cumplimiento de la resolución del 26 de mayo pasado en la que modificó la respuesta primigenia a una solicitud de información y ordenó entregar una contestación completa referente a las políticas de rendición de cuentas que tienen en la dependencia, cómo funcionan, si tienen procedimientos establecidos y las estadísticas con las que cuente.
La Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, presentó a los integrantes del Pleno el proyecto de resolución del recurso de revisión ICHITAIP/RR-245/2021, en el que señalan diversas omisiones en que incurrió el Sujeto Obligado y por las cuales, se determinó tener por no cumplida la resolución y la imposición de la sanción correspondiente.
Entre las faltas encontradas en el escrito de manifestaciones enviado a éste órgano garante por parte del Titular de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado, remitió un informe de cumplimiento cuyo contenido es consiente con la respuesta entregada el 6 de mayo a la solicitud de información hecha por la parte recurrente y donde se refiere al funcionamiento de las políticas de rendición de cuentas.
Sin embargo, omitió responder todo lo referente a la información estadística solicitada, señalando únicamente que: “Toda la información financiera y de proyectos de inversión es reportada trimestralmente a la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, asimismo es plasmada en la plataforma de Transparencia de este organismo y es información de carácter público, por lo que cualquier ciudadano tiene acceso a información actualizada cada trimestre”.
Al respecto, el proyecto de resolución señala que en esta respuesta, el Sujeto Obligado no se refirió de manera específica a las estadísticas solicitadas como requirió la parte recurrente, ni recurrió a exponer el método de acceder a dichos datos ubicados dentro de la Plataforma Nacional Transparencia.
Dicha respuesta, continúa el texto resolutivo, no garantiza a cabalidad el derecho de acceso a la información de la parte recurrente.
Aunado a lo anterior, el Pleno no dio por desapercibido que las deficiencias señaladas contenidas en el escrito de respuesta entregado por el Sujeto Obligado, ya habían sido referidas desde la resolución del recurso de revisión, sin que se advirtiera que hubiesen sido corregidas.
Así mismo, no comprobó que la respuesta hubiera sido notificada a la parte recurrente, mediante estrados del Sujeto Obligado.
Por todo lo anterior, los integrantes del Pleno, aprobaron imponer la amonestación pública a Alain Arturo Martínez Posada, responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado Consejo de Urbanización Municipal de Chihuahua, como medida de apremio para asegurar el cumplimiento de la resolución, conforme a lo dispuesto en la fracción I del artículo 160 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.
En la Sesión Ordinaria celebrada este miércoles, estuvieron presentes la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel.