Ordena Pleno al Municipio de Ahumada entregar información a particular


Miércoles 8 de diciembre de 2021

El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) instruyó al Sujeto Obligado Municipio de Ahumada a dar respuesta a un particular que pidió conocer el número de solicitudes de información y de protección de datos recibió en el periodo de enero del año 2020 a agosto de 2021.

Los comisionados de éste órgano garante, celebraron este día una Sesión Ordinaria vía electrónica, en la que se resolvió el recurso de revisión ICHITAIP/RR-746/2021 en favor de la parte recurrente, la que mediante solicitud de información solicitó los datos referentes a “Cuántas solicitudes de información y de datos personales han recibido de enero de 2020 a agosto de 2021; en cuántos recursos de revisión se ha confirmado la respuesta y cuántos se han modificado, incluir los números de recursos;  ¿Cuántos amparos en materia de transparencia se han ingresado de 2018 a la fecha? Y si cuentan con un Comité de Ética.

En el proyecto de resolución presentado por la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, se señala que el Sujeto Obligado fue omiso en atender la solicitud de información dentro de los diez días hábiles que conforme al artículo 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, se concede a los sujetos obligados para responder.

Por lo anterior, el particular presentó recurso de revisión ante éste órgano garante, el cual, una vez recibido la queja a revisión, procedió a revisar los registros de operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, observando que no se entregó respuesta por parte del Sujeto Obligado.

Advierte el mismo documento, que si bien el Responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado presentó ante éste Organismo Garante los datos con los que pretendía dar contestación a todos los cuestionamientos de la solicitud de información, omitió exhibir constancia que acreditara la notificación a la parte recurrente.

Por lo anterior, la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, aprobaron de manera unánime la resolución al recurso de revisión por la que se ordena entregar la información solicitada por la parte recurrente.