Instruye Pleno del ICHITAIP al PRD a entregar a particular número de desafiliaciones del 2020 al 2022


Miércoles 27 de abril de 2022

El Sujeto Obligado Partido de la Revolución Democrática debe entregar a un particular el número de procedimientos de desafiliación de militantes que ha realizado durante los años 2020, 2021 y 2022, determinó el Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) al resolver el recurso de revisión ICHITAIP/RR-0299/2022 en la Sesión Extraordinaria celebrada este día.

La resolución se dio luego de que concluido el plazo legal para responder a la solicitud de información, la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado Partido de la Revolución Democrática fuera omiso en responder, razón por la cual, el particular presentó recurso de revisión ante este Órgano Garante.

El Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, presentó al Pleno el proyecto de resolución al recurso de revisión, en donde señala que asiste la razón a la parte recurrente, ya que el Sujeto Obligado no acreditó haber otorgado respuesta a la solicitud de información en el plazo no mayor a diez días hábiles, establecido en el artículo 55 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

Señala el proyecto de resolución, que una vez revisado el Registro de Respuestas del sistema de información, no se encontró evidencia de que se haya emitido respuesta por parte del Sujeto Obligado.

Por lo anterior, con el voto de la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez, y el Comisionado Presidente Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, se ordenó al Sujeto Obligado Partido de la Revolución Democrática, otorgar respuesta al planteamiento vertido en la solicitud de acceso a la información, para lo cual, se le concedió un plazo de tres días hábiles, contables a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.