Modifica Pleno respuesta entregada a particular por el sujeto obligado Secretaría de Desarrollo Rural


Miércoles 28 de junio de 2023

El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) modificó la respuesta que el sujeto obligado Secretaría de Desarrollo Rural entregó a un particular, a fin de que se realicen las adecuaciones a las versiones públicas otorgadas y en su caso, al acuerdo de clasificación emitido por su Comité de Transparencia.

La Comisionada Presidenta Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel y el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez, resolvieron el recurso de revisión ICHITAIP/RR-0628/2023, luego de que el particular presentara su inconformidad por la respuesta recibida.

Mediante solicitud de información el recurrente solicitó en formato digital los correos electrónicos enviados y recibidos durante el mes de abril del 2023, por la señora Patricia Jurado, incluyendo anexos, y en caso de que omitan correos, la lista con fecha, asuntos o titulo de correo, así como el nombre y dirección electrónica del remitente o destinatario.

A través de la Dirección de Agronegocios, el sujeto obligado entregó la información a través de un hipervínculo en el que se observan las versiones públicas de los correos electrónicos enviados, recibidos, sus anexos, la determinación del área y el acuerdo de clasificación emitido por el Comité de Transparencia en el que sostiene la confidencialidad de la información por contener datos personales, razón por la cual el particular presentó el recurso de revisión.

En el proyecto del recurso de revisión presentado al Pleno por el Comisionado Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, se señala que los agravios expuestos por el recurrente fueron parcialmente fundados, porque no aclara si el nombre de un archivo que suprimió corresponde o no a un dato personal, ni señala los motivos por los cuales no se dejó visible la identificación del archivo; así mismo, indica que se deberá revisar de nueva cuenta la totalidad de los documentos otorgados y valorar su contenido ya que había correos se dejaron visibles datos personales y otros se suprimieron nombres de servidores públicos, lo cual resulta contrario a la ley.

Además, no se realizaron las versiones públicas de conformidad a lo que se señala en el lineamiento Quincuagésimo segundo de los Lineamientos Generales de Clasificación desclasificación de la información.

El Pleno otorgó un plazo de diez días hábiles al sujeto obligado para cumplir con entregar la nueva respuesta ordenada, el cual empezará a contar a partir del día siguiente de recibida la notificación.