Impone Pleno amonestación pública a funcionario del municipio de Temósachic


Jueves 15 de febrero de 2024

 

El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) resolvió en Sesión Extraordinaria celebrada este día, el recurso de revisión ICHITAIP/RR-1120/2023 interpuesto en contra del Sujeto Obligado Municipio de Temósachic, dando por no cumplida la resolución emitida el pasado ocho de noviembre y por lo cual, impuso una amonestación pública a Noel Acosta Macías, Director de Servicios Públicos Municipales.

 

El Pleno ordenó a la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado responder a una solicitud de información en la que solicitaban conocer el número de rellenos sanitarios, número de sitios de disposición final irregulares, cantidad de residuos sólidos que se reciben diariamente, el plan integral para la gestión de residuos municipales, estudios para evaluar la situación actual de la gestión de residuos, nombre del departamento responsable de la gestión de residuos, organigrama detallado para el departamento de gestión de residuos sólidos, número de personas que laboran en el departamento, operadores y administrativos,  salario que percibe el personal administrativo y operador del departamento, ente otras informaciones más.

 

El Sujeto Obligado fue omiso en dos ocasiones de las instrucciones dictadas por el Pleno del Órgano Garante y no haber rendido informe de cumplimiento, lo que originó en el primero de ellos la imposición de una amonestación pública al Responsable de la Unidad de Transparencia y por el segundo incumplimiento, se impuso una multa.

 

Posteriormente, el Sujeto Obligado remitió a este Órgano Garante un oficio que contiene la respuesta a la solicitud de información emitida por la Dirección de Servicios Públicos Municipales, con una captura de pantalla que acredita que los datos fueron enviados al correo electrónico de la parte recurrente.

 

En el proyecto de resolución presentado al Pleno por el Comisionado Presidente, Sergio Rafael Facio Guzmán, se señala que del análisis realizada a la información proporcionada, pudo observarse que la respuesta emitida no cumple con lo ordenado ya que no atendió de manera completa la totalidad de los planteamientos de la solicitud de información debido a que omitió responder a varios cuestionamientos.

 

Aunado a lo anterior, el Director de Servicios Municipales se limitó a señalar que no se cuenta con la información en su departamento, sin haber especificado si dicha información se ha generado o no, los motivos por los cuales no cuenta con ella, o bien, señalar si la misma obra en algún otra área del Sujeto Obligado.

 

La resolución se aprobó de manera unánime con los votos del Comisionado Presidente, Sergio Rafael Facio Guzmán, y de las Comisionadas Karla Gabriela Fuentes Moreno y Selene Prieto Domínguez.