Miércoles 26 de marzo de 2025
El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información (ICHITAIP) reunido este día en Sesión Ordinaria resolvió el recurso de revisión ICHITAIP/RR-1288/2024 interpuesto en contra del Sujeto Obligado Municipio de Huejotitán, dándolo por no cumplido.
El 15 de enero pasado, el Pleno del ICHITAIP emitió una resolución en la que instruyó al sujeto obligado en mención a dar respuesta a todas y cada una de las preguntas que le fueron hechas a través de una solicitud de información.
Se trataba de un cuestionario de diez preguntas en las que, entre otras cosas, solicitaban conocer el nivel de estudios de los empleados de confianza que laboran en la Presidencia Municipal; del personal sindicalizado; el número de empleados de confianza y su nivel de estudios, entre otras cuestiones más.
Aunque la persona Responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado emitió respuesta, al realizarse el análisis de la constancia emitida se encontró que no dio respuesta a varios de las interrogantes, argumentando no contar con la información, pero sin haber turnado la solicitud a las áreas correspondientes que pudieran contar con los datos requeridos.
Aunado a lo anterior, a otros cuestionamientos se limitó a entregar una respuesta general, siendo omiso en otorgar información que le fue requerida de manera segmentada por cada uno de los empleados por áreas o departamentos.
La resolución aprobada por el Comisionado Presidente, Sergio Rafael Facio Guzmán, la Comisionada Karla Gabriela Fuentes Moreno y María Selene Prieto Domínguez, impuso una amonestación pública al Responsable de la Unidad de Transparencia del Sujeto Obligado Municipio de Huejotitán Rocío Ivonne Nájera Martínez, como una medida de apremio para garantizar el cumplimiento a la instrucción del Pleno del ICHITAIP.
Además, se concedió un plazo de cinco días hábiles, contables a partir del día siguiente de la notificación, para dar cumplimiento con la entrega de la información requerida.