ARTÍCULO 31 B. El Órgano Interno de Control tendrá las siguientes atribuciones:
- Las que contempla la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
- Fiscalizar y verificar que el ejercicio del gasto del Organismo Garante se realice conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y los montos autorizados.
- Presentar al Pleno los informes de las revisiones y auditorías que se realicen para verificar la correcta y legal aplicación de los recursos y bienes del Organismo Garante.
- Revisar que las operaciones presupuestales que realice el Organismo Garante, se hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables y, en su caso, determinar las irregularidades de las mismas y las causas que les dieron origen.
- Promover, ante las instancias correspondientes, las acciones administrativas y legales que se deriven de los resultados de las auditorías.
- Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos del Organismo Garante.
- Evaluar los informes de avance de la gestión financiera respecto de los programas autorizados y los relativos a procesos concluidos.
- Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza administrativa contenidos en el Presupuesto de Egresos del Organismo Garante, empleando la metodología que determine.
- Recibir quejas y denuncias conforme a las leyes y competencia aplicables.
- Solicitar la información, efectuar visitas de inspección e intervenciones de control a las áreas y órganos del Organismo Garante para el cumplimento de sus funciones. Las solicitudes y visitas a que se refiere esta fracción podrán realizarse por la persona titular del Órgano Interno de Control o por conducto de las diversas áreas del propio Órgano Interno de Control a las que se les asignen de forma concurrente las mismas.
- Recibir, tramitar y resolver las inconformidades, procedimientos y recursos administrativos que se promuevan en términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Chihuahua, y sus Reglamentos.
- Intervenir en los actos de entrega-recepción de las personas servidoras públicas del Organismo Garante de mandos medios y superiores, así como de quienes, por la naturaleza e importancia de sus funciones, manejo de recursos públicos, personal a su cargo o resguardo de información, deban realizar la entrega recepción, por determinación de quien tenga superioridad jerárquica o del Órgano Interno de Control, en los términos de la normatividad aplicable.
- Participar en los comités, subcomités y demás órganos colegiados de los que el Órgano Interno de Control forme parte e intervenir en los actos que se deriven de los mismos.
- Atender las solicitudes de las diferentes áreas administrativas del Organismo Garante en los asuntos de su competencia.
- Proponer los proyectos de modificación o actualización de su estructura orgánica o sus recursos.
- Formular el anteproyecto de presupuesto del Órgano Interno de Control.
- Presentar de manera informativa al Pleno, en el mes de diciembre, un plan anual de trabajo para el siguiente ejercicio, el cual podrá ser modificado en atención a las circunstancias operativas del Órgano Interno de Control; así como un informe de gestión anual en el mes de febrero, respecto del ejercicio inmediato anterior al que se reporta.
- Presentar al Pleno los informes respecto de los expedientes relativos a las faltas administrativas y, en su caso, sobre la imposición de sanciones en materia de responsabilidades administrativas.
- Nombrar y remover libremente al personal del Órgano Interno de Control.
- Certificar las copias de los documentos que se encuentren en los archivos del Órgano Interno de Control, así como de aquellos que por las actividades que realiza, tenga acceso o tenga a la vista, para el cumplimiento de sus funciones.
- Llevar los registros y libros de gobierno de los asuntos de su competencia.
- Emitir reglamentos, lineamientos, manuales, guías y disposiciones de carácter general que se requieran para la debida organización y funcionamiento del Órgano Interno de Control, así como para el ejercicio de las atribuciones que las leyes y demás ordenamientos jurídicos le otorgan; debiendo ordenar, en su caso, la publicación en el Periódico Oficial del Estado.
- Presentar, a las diversas áreas administrativas del Órgano Garante, propuestas de mejora, diagnósticos, evaluaciones, programas, proyectos, sistemas tecnológicos o cualquier mecanismo para su mejor funcionamiento y operación del control interno institucional, incluyendo las del propio Órgano Interno de Control.
- Concertar y celebrar, en los casos que estime necesarios, convenios de coordinación con las instancias que requiera con el propósito de apoyar y hacer más eficiente la fiscalización, sin detrimento de sus atribuciones directas.
- Las demás que le confieran otros ordenamientos.