Impone Pleno amonestación pública a dos funcionarios de la Comisión Estatal de Atención a las Adicciones


Miércoles 1 de diciembre de 2021

El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a  la Información Pública (ICHITAIP) impuso amonestación Pública a Brenda Lizet Gándara Loo y a Marcos Omar Pérez Morán, Responsable Administrativa y Responsable de la Unidad de Transparencia, respectivamente, del Sujeto Obligado Comisión Estatal de Atención a las Adicciones, con el fin de garantizar el cumplimiento a la resolución del pasado 28 de octubre por la cual que se les ordenó proporcionar a la parte recurrente la totalidad de la información requerida consistente en las listas de asistencia de los servidores públicos del 15 de septiembre de 2020 al 15 de septiembre de 2021, así como copia simple del presupuesto asignado del año 2018 al 2021 y en su caso dar las explicaciones correspondientes para que la información cumpla con el atributo de claridad.

Los Comisionados en Sesión Extraordinaria celebrada este miércoles, resolvieron el recurso de revisión ICHITAIP/RR-0687/2021 interpuesto en contra del Sujeto Obligado Comisión Estatal de Atención a las Adicciones por un particular, quien presentó recurso de revisión acusando que su solicitud de información recibió una respuesta incompleta.

El proyecto de resolución presentado al Pleno por el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, señala que si bien los funcionarios del Sujeto Obligado dieron respuesta a cuatro de los cuestionamientos, el quinto, referente a las listas de asistencia de los servidores públicos, lejos de responder hizo un requerimiento al solicitante, ya que afirmó desconocer el periodo del cual se requiere la información, lo que contravino el artículo 50 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua.

Aunado a lo anterior, los funcionarios del Sujeto Obligado Comisión Estatal de Atención a las Adicciones, no entregó una respuesta clara a la petición del presupuesto del año 2018 al 2020, pues si bien entrega información, esta se refiere a la cabeza de sector como es la Secretaría de Salud, aunado a que no proporciona los datos presupuestales referentes al ejercicio 2021.

El Sujeto Obligado entregó información complementaria en un intento por dar respuesta satisfactoria, sin embargo, también fue considerada incompleta, en virtud de que nuevamente fue omiso en proporcionar los datos requeridos completos.

Por lo anterior, la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente, Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, consideraron que la respuesta otorgada por el Sujeto Obligado no satisfizo el Derecho de Acceso a la Información en favor del recurrente al no haber proporcionado la totalidad de la información solicitada.

Con base en los artículos 37, 154 fracción II y 162 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Púbica del Estado de Chihuahua, se ordenó notificar al titular de la Comisión Estatal de Atención a las Adicciones, para que provea lo necesario para dar cumplimiento a la resolución en un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de haber recibido la notificación respectiva.






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