Debe el Centro de Atención a la Mujer Trabajadora A.C. entregar datos sobre cuántos casos de acoso sexual se registran en centros laborales


Miércoles 19 de junio de 2024

 

El Centro de Atención a la Mujer Trabajadora A.C. debe entregar la información correspondiente a la cantidad de casos presentados de mujeres trabajadoras que sufrieron acoso y hostigamiento sexual en sus centros laborales, de acuerdo con la instrucción dictada por el Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) al resolver en la Sesión Ordinaria celebrada este día el recurso de revisión ICHITAIP/RR-0392/2024.

 

En una resolución previa, dada el 22 de mayo del presente año, el Pleno había emitido una resolución en la que ordenó al Sujeto Obligado Centro de Atención a la Mujer Trabajadora A.C. entregar la información señalada, que se complementaba con datos referentes al desglose por edad, estado civil y el puesto o cargo de trabajo de cada víctima, además de anexar documentales en versión pública y agregar si algún caso se llevó ante la autoridad.

 

Una vez cumplido el plazo concedido para dar cumplimiento a la instrucción, el Pleno al recibir el recurso de revisión ante el incumplimiento por parte del Sujeto Obligado, analizó el expediente luego de lo cual, al celebrarse este día Sesión Ordinaria se dio por no cumplida la resolución, por lo que se impuso una amonestación pública a la Responsable de la Unidad de Transparencia, Brenda Lizeth Miranda González,  como medida de apremio para que se dé cumplimiento a la resolución en un plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación.

 

El proyecto de resolución fue presentado al Pleno por la Comisionada Karla Gabriela Fuentes Moreno, y contó con el voto unánime de la Comisionada María Selene Prieto Domínguez, del Comisionado Presidente Sergio Rafael Facio Guzmán y de la propia Comisionada ponente.

 

 






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