Miércoles 28 de abril de 2021
El Pleno del Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP) modificó la respuesta concedida por el sujeto obligado Fiscalía General del Estado a un recurrente, y ordenó entregar la información completa sobre las fosas clandestinas encontradas del 1 de enero del 2006 al 31 de diciembre de 2020, el número de cuerpos encontrados en cada una de ellas, además de especificar cuántos de los restos encontrados eran de mujeres, cuántos hombres, cuántos migrantes, edades de las víctimas identificadas, desagregando los datos por año, fecha, número de fosas, número de cuerpos, sexo, edad, estado, municipio y localidad donde se encontró la fosa y la fecha del hallazgo.
La Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, presentó a los integrantes del Pleno el proyecto resolución del expediente ICHITAIP/RR-131/2021, en el cual se detalla que se entregó la respuesta en una tabla concentradora de información en un archivo Excel, donde se consigna una nota señalando que el Servicio Médico Forense cuenta con registros a partir del año 2007, fecha a partir de la cual cuenta con instalaciones propias y métodos de registro sistematizado, pero por lo mismo es que no cuenta con información confiable del año 2006.
Inconforme con la respuesta recibida, el recurrente se inconformó por considerar que recibió información incompleta, al faltar los datos concernientes al número de cuerpos o restos que se encontraron en cada fosa.
Los integrantes del Pleno consideraron que en la respuesta otorgada, si bien la información se encuentra desagregada en diversos rubros para atender el planteamiento del recurrente, no fue lo suficientemente clara, pues el sujeto obligado omitió proporcionar la manera o método de interpretar correctamente la información relativa al número de cuerpos o restos que se encontraron en cada una de las fosas clandestinas, circunstancia que evitó a la parte recurrente obtener la totalidad los datos solicitados.
En el proyecto de resolución presentado por la Comisionada, se señala que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su artículo 33 fracción VII, establece que los sujetos obligados deben proporcionar información clara, lo que en este caso no ocurrió, pues la Fiscalía General del Estado no ofreció todos los elementos para una correcta interpretación de los datos entregados, lo que vulneró el derecho de acceso a la información pública de la parte recurrente.
Así mismo, se señala en la resolución que si bien el titular de la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, realizó una serie de aclaraciones sobre la forma en que se presentó la información y cómo debe interpretarse, se trata de precisiones que debieron ser incluidas al entregar la respuesta, a fin de no dejar lugar a dudas.
Por lo anterior, la Comisionada Amelia Lucía Martínez Portillo, el Comisionado Rodolfo Leyva Martínez y el Comisionado Presidente Ernesto Alejandro de la Rocha Montiel, votaron de manera unánime a favor de modificar la respuesta entregada en primera instancia, a fin de que en una nueva, entregue el número de cuerpos o restos que se encontraron en cada una de las fosas clandestinas en el periodo que comprende del uno de enero de 2006 al 31 de diciembre de 2020 o bien precise puntalmente al recurrente la manera o método de interpretar los datos que se otorgaron en la respuesta inicial.